martes, 27 de agosto de 2013
La identificación temprana, es fundamental de cara a tomar medidas educativas adecuadas.
La identificación de los alumnos supone la equidad en la educación y posibilita considerar el Artículo 29 de la Convención de los Derechos del Niño: 1. “Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a: Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hsta el máximo de sus posibilidades…”
En algunas Comunidades Autónomas se estan aplicando pruebas de screening, o cuestionarios a toda la población escolar de determinados niveles educativos, pero algunos no cumplen los criterios de validez ciéntifica de un test de Screening.
Si en Extremadura empezamos a trabajar para la identificación como primer paso para un buen diagnóstico e intervención, pienso que, tenemos que tener en cuenta el TEST CIENTÍFICO DE SCREENING PARA ALUMNOS SUPERDOTADOS “HUERTA DEL REY” APLICACIÓN DEL RAVEN COLOR (CPM)